Hola @newcelic
Me gustaría hacer una puntualización y además confirmada por respuesta del soporte de Verifactu de la AEAT.
Se pueden hacer compras hasta 400 € sin NIF y en ese caso emitir factura simplificada. Cito:
Según el art. 4 del RD 1619/2012, la factura simplificada se puede emitir si:
- El importe total no supera los 400 € (IVA incluido).
- O bien, es una factura rectificativa.
- En ciertos sectores o actividades (hostelería, transporte, aparcamiento, comercio menor…) se permite hasta 3.000 € IVA incluido, siempre que el cliente no exija factura completa.
En entornos online, la regla general es 400 € IVA incluido por operación.
Ahora bien, se presenta un problema:
WC – APG NIF/CIF/NIE Field valida correctamente el formato del NIF/NIE pero no su relación con el comprador. Es decir, yo puedo hacer una compra y escribir el NIF de cualquier conocido y finalizar el pedido.
Al remitir el registro a la AEAT este será rechazado con el siguiente error y su posterior obligación de subsanar:
1110 = El NIF no está identificado en el censo de la AEAT.
Si las facturas se emiten externamente mediante un ERP, este debería hacer una validación antes de hacer la remisión a la AEAT o el Obligado Tributario (la empresa) tendrá que hacer esas subsanaciones con la consecuente pérdida de tiempo y tener que contactar a los clientes para pedirles sus datos correctos.
Si las facturas se emiten dentro del propio WooCommerce tiene que ser el plugin que haga la remisión de registros el que realice estas verificaciones previas a la remisión.
Piensa que en un mundo offline/analógico el personal de la tienda le pide el DNI al cliente y no se produce esta situación pero en Internet somos conscientes de que a los usuarios no les gusta escribir su NIF.
La solución sería que WC – APG NIF/CIF/NIE Field, igual que valida un Nº de IVA contra el VIES haga una validación del NIF/NIE contra el Censo de la AEAT.
Es una consulta sencilla en que se le envía el número de documento, el nombre y apellidos y/o el nombre de la empresa.
El único handicap es la necesidad de un certificado digital para poder realizar la consulta.
Desconozco si la AEAT planea abrir las consultas al Censo pero al menos por ahora es con certificado. Así que bien el certificado se instala en la web o bien se hace mediante una API intermedia que conecte Web → API → Censo de la AEAT.
Por otro lado asignar un “valor por defecto” para no dejarlo en blanco es igual de malo que escribir un NIF/NIE correcto pero de otra persona. Confirma este punto con tu asesor. Yo creo que se explicó mal.
En resumen, si existe la obligatoriedad del NIF/NIE debemos asegurarnos de su autenticidad y que corresponda al comprador y sólo es posible validando contra el Censo de la AEAT.
Únicamente no se validan los documentos de países de fuera de la UE.
@newcelic confirma todo esto con tu asesor
Espero haber aclarado la duda sobre la emisión de facturas y el NIF
Saludos!